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28 de Marzo de 2024

POLÍTICA

Ordenanza modificada no habilita contratación de cooperativa de barrido

14 de Agosto de 2017

El Concejo Deliberante se reunió esta tarde. El viernes el STM había reclamado a los ediles su intervención. La reforma de la normativa en cuestión sólo contó con el apoyo del arco opositor.

Barrido de calles. Archivo.

Esta tarde el Concejo Deliberante reformó la ordenanza 3.658 que declaró el “estado de emergencia” a la prestación de los servicios de “barrido, limpieza y mantenimiento de desagües y calles en general y de tierra en particular” y habilitaba al Ejecutivo a contratar una cooperativa de trabajo para la labor.

Al respecto el concejal Daniel Martín (Compromiso Rosaleño), presidente de la comisión de Obras, dijo a Punta Noticias que “se anexó a la Ordenanza un articulado donde se aclaró que la declaración de emergencia no autoriza al Departamento Ejecutivo a tercerizar el barrido”.

Consultado sobre si la modificación se aplicaría de manera retroactiva, teniendo en cuenta que el Municipio comunicó que 15 trabajadores nucleados en una cooperativa realizarían la labor, el edil mencionó que “de todas maneras el Ejecutivo no puede contratarla”.

En este sentido, explicó que la administración municipal “no cumplió con la Ley Orgánica de la Municipalidades ni el Convenio Colectivo de Trabajo de los empleados municipales”.

El viernes el Sindicato de Trabajadores Municipales había reclamado al Deliberativo su intervención.

 

 

 

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